El Property Tax, el recibo del IBI versión USA
Hace unos días recibí del condado el documento que me informa a dónde van a parar los impuestos que pago con mi property tax. Así que voy a explicar un poco cómo va esto, en comparación con su equivalente español, el IBI.
En España, por ser propietario de un inmueble tienes la obligación de pagar un impuesto llamado Impuesto de Bienes Imuebles o IBI. Antes de cambiarle el nombre para parecer menos “impuesto” se llamaba simplemente “Contribución urbana”. Este impuesto es emitido y gestionado en España por los ayuntamientos y la verdad es que nunca se sabe a dónde van a parar los dineros, lo que sí se sabe es de dónde sale.
En Estados Unidos tienen el mismo impuesto, llamado el Property Tax, aunque con algunas diferencias. Por ejemplo, quien emite el impuesto es el condado (county), que es un ente administrativo que comprende varios municipios de un Estado. Los condados tienen muchas competencias y varían de Estado a Estado, pero pueden ser las del control del tráfico en carretera, delitos de cierta envergadura, bibliotecas, sistemas de distribución de agua o gas, etc. Yo lo asemejo a una especie de comunidad autónoma pero sin los líos de las lenguas y las luchas de los clanes taifales por el poder.
La responsabilidad del pago de este impuesto, al igual que en España, recae sobre el inmueble, no en el propietario. De ahí la importancia de que se vayan pagando los recibos para mantener la casa “saneada”. Si tienes una hipoteca, el no pagar este impuesto puede ser un problema para el banco, pues en caso de subasta el condado tiene preferencia de cobro sobre este. Por eso los bancos prefieren hacerse ellos cargo de ir pagando el impuesto en tu nombre, mediante una cuenta escrow cuyo funcionamiento ya explicamos en Mi Ciénaga aunque esto es algo opcional para el propietario.
Un detalle simpático es que el condado te envía a casa todos los años un documento donde te explica cuánto te toca pagar y en qué se van a gastar tu dinero este ejercicio fiscal. Por ejemplo, yo vivo en un condo (un piso, vaya) en el condado de King County y me corresponde pagar al año unos $1.800 de impuestos por este concepto. En mi caso este es el gráfico y el desglose del destino de mis impuestos que me han enviado:
Es curioso observar que pago $500 al año para mantener las escuelas que no utilizo, pero que lógicamente deben ser mantenidas por la comunidad. Sin embargo $111 para la biblioteca me parece poco con la cantidad de uso que hago de ella (fotocopias, impresoras, libros, wifi, etc) aparte de la gran labor social que hacen con los inmigrantes y los chavales sin recursos. Hay conceptos por los que aparentemente no pago (bomberos y hospitales), pero es porque recogen dinero de otras partidas.
Y a donde quiero llegar. Hay una gran ventaja en que te digan en qué se gastan tu dinero (porque lo estás viendo, es tu pasta, la tuya no la de otro, la que se va a un concepto o a otro) y es que te genera conciencia de ciudadano pagador de los servicios públicos. Así, cuando recibes esos servicios no piensas que son gratis, porque eres muy consciente de que los estás pagando. De este modo no tienes que aguantar las majaderías de aquellos que dicen que la sanidad en España es gratis, o que la Educación es gratis y demás burradas que lo único que te convierten es un borrego sin darte cuenta porque pensando que es gratis no exiges ni la calidad ni la buena administración que como pagador tienes derecho a exigir.





Jodo, pues si es pago si, yo pago 350 pesos al año (unos 30 USD), eso si, ni informe ni leches. Muy interesante el concepto
Esta misma semana también nos ha llegado a nosotros nuestro equivalente, el Council Tax, y también se nos detalla minuciosamente en un folleto adjunto de 20 páginas en qué emplearán cada una de las £1100 que pagamos por nuestro piso de tipo B, el segundo más barato (hay letras de la A a la H y se calcula el pago a partir de un valor de la propiedad base, al que se le asigna la letra D). Estoy muy de acuerdo con esta transparencia, siempre sabes a dónde va tu dinero y eres perfectamente consciente de que el sistema no se mantiene solo.
Voy a hacer el típico comentario borde, sin fundamente por que no se la realidad, y que encima aporta poco, pero así tal como me sale: En España no se hace esto por que dejaríamos de pagar impuestos claramente. Las casillas de pagar a esa gran minoría de funcionarios que se rascan la barriga y mantener el tren de vida de los políticos y sus caprichos nos soliviantarían demasiado como para prestar atención a las demás.
Mariano- dos cosas:
1. Cómo se traduce “Homestead Exemption”? Excepción fiscal de propiedad?:
http://en.wikipedia.org/wiki/Homestead_exemption
No se si sería punto bueno de exponer para quedar enterado a cuanto beneficia esto al propietario/a para bajar su cifra general de impuestos
2. Otro tema de puntuar es que esa cifra (asesada por el condado casi-anualmente) cambia cuando el inmueble pasa de propietario a comprador- algo de interés para los que buscan comprar casa (como los ‘forclosures’ de tu otro articulo)
Pues no sé decirte Polo-Go, porque en España no tenemos equivalente al “Homestead Exemption” que yo sepa. Sí hay algunos beneficios fiscales para el viudo o viuda que hereda la casa, pero no son del mismo tipo.
Por ejemplo, una herencia en España no funciona como en USA. Así, en España el viudo/a debe obligatoriamente compartir la herencia con sus hijos si los hubiera o, en su defecto, con los herederos directos de la familia del cónyuge, esto es, sus padres (si viven) o sus hermanos. Por tanto, los beneficios fiscales directos al viudo, como tal, no existen.
El IBI español sube (nunca baja) independientemente de la condición del propietario, al igual que el resto de los impuestos. Por otro lado, si el matrimonio pierde a uno de sus miembros no varían las obligaciones de pago de hipoteca o de impuestos.
El “Homestead Exemption” tiene como una de sus finalidaddes el evitar que el viudo/a quede en la calle tras el fallecimiento del cónyuge. En España existe una protección similar en tanto que el viudo siempre será propietario de una parte de la vivienda. Pero es por una cuestión de las leyes hereditarias.
Sobre la variación de la tasación cuando cambia de propietario la vivienda ya lo comenté en un artículo que publiqué sobre los impuestos de una propiedad:
http://www.marianolozano.com/2008/04/20/buscar-casa-en-eeuu-vi/
De nuevo, en España no se da esa circunstancia. Los impuestos que recaen sobre el inmueble son independientes del precio de compra-venta, aunque se intenta que haya una relación más o menos directa.
Nosotros hemos recibido nuestro property tax ayer, y curiosamente el condado ha bajado el valor de nuestra casa, por eso vamos a pagar menos impuestos sin tener que protestarlos.
Vaya, me he equivocado en la direccion de correo electronico, puse un com en lugar de un .net.
¡Alucinante!…
Ahora resulta que una patada en los “cojones”, – si te explican donde van los dolore$ – , no no duele tanto, como si te la dan y no te dicen ni ¡jodete!.
¿Será verdad eso que dicen en mi tierra ” …palos con gusto saben a almendras”?
¿Cuantos pies cuadrados tienes?
Pues fijate nosotros pagamos mas de $200 dolares de hospital… y luego encima seguro privado, para que alguien me diga que aqui no hay sanidad gratis… claro que hay,, pero la tienen otros.
Lo equiparable en España al condado seria el partido judicial o la comarca, pero no se si se siguen usando estas palabras. Y como seguro que ya has notado,la mayor parte de las cosas en este pais se resuelven a nivel local o estatal, no en el DC.
Pues qué bueno! yo es que ni pago Council Tax, pero me daría curiosidad saber en qué se invertiría el dinero en Salford…