Aspectos sobre la emigración > Volver a España: el reencuentro
Papeles extranjeros
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CowboyZZ:
Respecto a un tema que comento Sergio en Retales, me pregunto si los papeles oficiales del extranjero son aceptados en España si no van traducidos. Yo he renunciado a pelear con la burocracia española (estatal y autonomica).
Mariano:
Bueno, los documentos oficiales originales en inglés, por ejemplo, si los vas a entregar en una institución oficial, deben ir traducidos. Luego serán más o menos laxos con aquello de que sea un traductor jurado, pero al menos sí debe ser una traducción oficial.
A veces, si el documento es requerido para un trámite pequeño, dependiendo del funcionario, te lo puede aceptar o no si lo traduces tú mismo acompañado de una declaración jurada.
En cualquier caso, la ley es esta (sacado del proceso de convalidación de títulos extranjeros):
--- Citar ---Traducción de los documentos expedidos en el extranjero
El artículo 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que la lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el castellano. En consonancia con ello, las normas reguladoras de estos procedimientos exigen que los documentos expedidos en el extranjero que deseen hacerse valer en los mismos vayan acompañados de traducción oficial al castellano (cuando no estén expedidos en ese idioma)
La traducción oficial podrá hacerse:
* Por Traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.
* Por cualquier Representación diplomática o consular del Estado Español en el extranjero.
* Por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
En la medida de lo posible, cuando el documento original esté escrito en un alfabeto distinto del occidental, se recomienda que la correspondiente traducción recoja la denominación del título en su idioma original, pero transcrita al alfabeto occidental, en lugar de una traducción de esa denominación.
--- Fin de la cita ---
El enlace de este texto: http://www.mepsyd.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=31&area=titulos. Las negritas son mías.
Con esto queda creo bastante ilustrada mi postura del artículo de Retales al que haces referencia. ;)
CowboyZZ:
Yo pague por traducciones un monton hace tiempo ya, en Salamanca y en Londres, y he ido copiando esas traducciones por aqui y por alla.
A ver si encuentro las de los titulos y las cuelgo por aqui, porque es un rollo pagar por folio y copia compulsada.
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